Cómo Darse de Alta como Autónomo en 2026: Guía Completa

Por Guillermo del PinoPublicado el 6 de agosto de 2026Lectura de 23 min
Cómo Darse de Alta como Autónomo en 2026: Guía Completa

Si llevas semanas dándole vueltas a montártelo por tu cuenta y lo único que te frena es el papeleo, tengo buenas y malas noticias. La mala: darse de alta como autónomo en España sigue teniendo más letra pequeña de la que te cuentan en un vídeo de treinta segundos, y un despiste en el orden de los trámites te puede costar la tarifa plana entera. La buena: el alta en sí se hace en una mañana, es gratis, se tramita al completo desde el ordenador y, si eliges bien, tu primer año puede costarte unos 88 € al mes de cuota. O cero.

Vamos sin rodeos. Para darte de alta como autónomo en 2026 necesitas dos trámites obligatorios: el alta censal en Hacienda con el modelo 036 —ojo, el modelo 037 fue suprimido en febrero de 2025 y ya no existe—, donde declaras tu epígrafe del IAE y tus obligaciones fiscales; y el alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) de la Seguridad Social, que se hace en el portal Import@ss y donde eliges base de cotización y mutua. Los dos son gratuitos, se hacen online con certificado digital o Cl@ve y deben estar formalizados antes de empezar la actividad. La cuota de 2026 va desde 205,88 € hasta 1.606,88 € al mes según tus rendimientos netos reales, pero si eres nuevo tienes derecho a la cuota reducida —la famosa tarifa plana— de 80 € durante 12 meses.

En esta guía te llevo paso a paso por todo el proceso, con las cifras oficiales de 2026 verificadas en la Seguridad Social y en la AEAT, y con la parte que casi nadie explica: qué obligaciones fiscales estás firmando el día que marcas una casilla del 036 y qué necesitas para no ahogarte en papeleo a partir del segundo mes.

alta autonomo tramites
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Los dos trámites obligatorios (y en qué orden hacerlos)

Empecemos por el mapa, porque aquí es donde más gente se lía. Solo hay dos ventanillas obligatorias:

TrámiteOrganismoDocumentoPlazoCoste
Alta censalAgencia Tributaria (AEAT)Modelo 036Antes de iniciar la actividadGratis
Alta en el RETASeguridad SocialImport@ss / TA.0521Antes de iniciar la actividad (se puede tramitar hasta 60 días antes)Gratis

¿En qué orden? La normativa desde 2018 establece que el alta en la Seguridad Social debe ser previa al inicio de la actividad, y en la práctica la mayoría de gestorías tramitan primero el RETA y después el censal, porque en el 036 se declara una fecha de inicio de actividad que debe coincidir con la del alta en el RETA. En la práctica puedes hacer ambos el mismo día; lo importante es que las dos fechas de inicio de actividad coincidan y que ninguna sea posterior a tu primera factura o a tu primera compra afecta al negocio.

Y una advertencia que vale su peso en oro: si empiezas a facturar antes de darte de alta y te pillan, la Seguridad Social puede darte de alta de oficio con efectos retroactivos, reclamarte las cuotas de los meses trabajados sin alta con su recargo correspondiente, abrir expediente sancionador y —esto es lo que más duele— dejarte sin derecho a la tarifa plana. Las bonificaciones exigen alta en plazo. No merece la pena ahorrarse una cuota de 88 €.

Paso 1: Elige bien tu epígrafe del IAE (no es un trámite menor)

Antes de tocar ningún formulario tienes que saber bajo qué epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas vas a operar. El IAE es una clasificación de actividades y de ahí cuelga casi todo lo demás: si tienes que repercutir IVA, si tus clientes te tienen que practicar retención de IRPF, si puedes acogerte a módulos, qué obligaciones formales asumes.

Las tres secciones que te interesan:

  1. Sección 1.ª — Actividades empresariales. Comercio, hostelería, construcción, transporte, industria, clínicas dentales, talleres. Facturas sin retención de IRPF y presentas el modelo 130 tú mismo.
  2. Sección 2.ª — Actividades profesionales. Consultores, diseñadores, abogados, programadores freelance, formadores. Aquí tus clientes (empresas y otros autónomos) te practican retención del 15% de IRPF en factura, o del 7% durante el año de alta y los dos siguientes.
  3. Sección 3.ª — Actividades artísticas. Músicos, actores, artistas plásticos.

Dos matices que en mi experiencia se pasan por alto constantemente:

  • Puedes darte de alta en varios epígrafes a la vez y no cuesta más. Si vas a hacer consultoría (sección 2.ª) y además vender un producto digital (sección 1.ª), decláralo desde el principio. Añadir un epígrafe después es una modificación censal más, y mientras tanto estás facturando actividades que no tienes declaradas.
  • El IAE no lo pagas. Las personas físicas están exentas del impuesto, siempre. Y las sociedades solo lo pagan si su cifra de negocios supera el millón de euros. El epígrafe es una etiqueta clasificatoria, no un recibo.

Si tu actividad es fronteriza, dedícale media hora con un asesor antes de firmar. Un epígrafe mal elegido puede meterte en un régimen de IVA que no te corresponde o hacerte perder deducciones durante años.

Paso 2: Alta censal en Hacienda con el modelo 036

Aquí va la primera novedad importante que todavía circula mal por internet: el modelo 037 ya no existe. La Orden HAC/1526/2024 lo suprimió con efectos desde el 3 de febrero de 2025 y ahora todas las altas, modificaciones y bajas censales se hacen con el modelo 036, que integró las simplificaciones del antiguo formulario. Si alguien te dice "presenta el 037 que es más fácil", está trabajando con información caducada.

El 036 se presenta antes de iniciar la actividad y se puede hacer online en la Sede Electrónica de la AEAT con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. Es gratuito.

Lo que declaras en él, en orden de importancia:

  1. Datos identificativos y domicilio fiscal. Si trabajas desde casa, tendrás que indicar el porcentaje de la vivienda afecto a la actividad. Ojo con esto: condiciona lo que podrás deducirte de suministros.
  2. Fecha de inicio de actividad. La misma que en el RETA.
  3. Epígrafe o epígrafes del IAE.
  4. Régimen de IVA. Régimen general en la mayoría de casos. También se declara aquí si estás en recargo de equivalencia (comercio minorista), en régimen simplificado, o si tu actividad está exenta (sanidad, educación, seguros).
  5. Régimen de IRPF. Estimación directa simplificada (lo habitual para un autónomo que empieza), estimación directa normal o estimación objetiva (módulos).
  6. Obligaciones periódicas. Aquí marcas si vas a presentar el 303 de IVA, el 130 de pagos fraccionados de IRPF, el 111 si vas a tener trabajadores o pagar a profesionales con retención, el 115 si alquilas un local.

Este es el momento del proceso que más consecuencias tiene y el que menos tiempo se le dedica. Cada casilla que marcas es una declaración que tendrás que presentar cada trimestre durante los próximos años. Si marcas el 130 sin necesitarlo (porque el 70% de tus ingresos ya llevan retención), te has autoimpuesto cuatro declaraciones anuales innecesarias.

Paso 3: Alta en el RETA por Import@ss

El segundo trámite es el alta en la Seguridad Social. Se hace en Import@ss, el portal del ciudadano de la Seguridad Social, con certificado digital, Cl@ve o vía SMS. También puedes hacerlo presencialmente rellenando el modelo TA.0521, pero online tardas menos.

Lo que necesitas tener a mano:

  • DNI o NIE en vigor.
  • Número de afiliación a la Seguridad Social (NUSS). Si nunca has trabajado por cuenta ajena, tendrás que solicitarlo antes; también se hace por Import@ss.
  • Epígrafe del IAE y código CNAE de tu actividad.
  • Una previsión realista de tus rendimientos netos mensuales (ahora te explico por qué es lo más importante).
  • Elección de mutua colaboradora. Es obligatorio desde 2019 y no supone coste adicional: sale de tu propia cuota. Gestiona tus bajas por enfermedad, accidente y la prestación por cese de actividad. Elige una con oficina cerca de ti; el día que te pongas malo lo agradecerás.
  • Cuenta bancaria (IBAN) para domiciliar la cuota.

El alta puede tramitarse hasta 60 días naturales antes del inicio de la actividad, pero surte efectos desde el día en que realmente empiezas. Y la cuota del primer mes se prorratea por días desde esa fecha, cosa que antes no ocurría.

cuota autonomos tramos calculo
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Cuotas de autónomo 2026: la tabla completa por tramos de ingresos reales

Desde 2023 la cuota ya no la eliges libremente: cotizas por tramos según tus rendimientos netos reales. Tú declaras una previsión, eliges una base dentro del tramo que te corresponde, y al año siguiente la Seguridad Social regulariza con los datos reales que Hacienda le pasa de tu declaración de la renta. Si cotizaste de menos, pagas la diferencia. Si cotizaste de más, te la devuelven.

Para 2026 el Gobierno ha optado por la continuidad: las cuotas se mantienen prácticamente igual que en 2025, con el único cambio del MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional), que sube del 0,8% al 0,9%. El tipo total de cotización queda en torno al 31,5% (28,3% de contingencias comunes + 1,3% de profesionales + 0,9% de cese de actividad + 0,1% de formación + 0,9% de MEI). La base máxima sí se ha actualizado, hasta 5.101,20 € mensuales.

Esta es la tabla para 2026. La cuota se calcula aplicando el 31,5% a la base que elijas dentro de tu tramo:

TablaRendimientos netos (€/mes)Base mínima (€)Base máxima (€)Cuota mínima (€/mes)Cuota máxima (€/mes)
ReducidaHasta 670653,59718,94205,88226,47
Reducida670 – 900718,95900,00226,47283,50
Reducida900 – 1.166,70849,671.166,70267,65367,51
General1.166,70 – 1.300950,981.300,00299,56409,50
General1.300 – 1.500960,781.500,00302,65472,50
General1.500 – 1.700960,781.700,00302,65535,50
General1.700 – 1.8501.143,791.850,00360,29582,75
General1.850 – 2.0301.209,152.030,00380,88639,45
General2.030 – 2.3301.274,512.330,00401,47733,95
General2.330 – 2.7601.356,212.760,00427,21869,40
General2.760 – 3.1901.437,913.190,00452,941.004,85
General3.190 – 3.6201.519,613.620,00478,681.140,30
General3.620 – 4.0501.601,314.050,00504,411.275,75
General4.050 – 6.0001.732,035.101,20545,591.606,88
GeneralMás de 6.0001.928,105.101,20607,351.606,88

Tres cosas que tienes que entender de esta tabla y que no se explican casi nunca:

  1. "Rendimiento neto" no es facturación. Es lo que facturas menos tus gastos deducibles, y después se aplica una deducción adicional del 7% por gastos genéricos (3% si eres autónomo societario). Si facturas 3.000 € y tienes 800 € de gastos, tu rendimiento neto de partida son 2.200 €, y tras el 7% quedan unos 2.046 €. Ese es el número que decide tu tramo. Mucha gente se asigna un tramo altísimo por confundir ingresos con rendimiento.
  2. Puedes cambiar de base seis veces al año. Los cambios se pueden solicitar con efectos a 1 de marzo, 1 de mayo, 1 de julio, 1 de septiembre, 1 de noviembre y 1 de enero. Úsalo: si arrancas flojo y en verano despegas, ajusta.
  3. Cotizar el mínimo tiene un coste diferido. Tu base de cotización determina tu baja por enfermedad, tu prestación por cese de actividad y, sobre todo, tu jubilación. Pagar 205 € en lugar de 400 € durante veinte años te sale barato hoy y carísimo a los 67. Yo lo diría claro: cotiza el mínimo mientras arrancas, sube en cuanto el negocio aguante.

En Import@ss tienes una calculadora oficial de cuota donde metes tu previsión de rendimientos y te devuelve el importe exacto. Antes de firmar nada, pásate por ahí.

La tarifa plana de autónomos en 2026: 80 € (que en realidad son unos 88,6 €)

Esta es la ayuda que más gente busca y la que más malentendidos genera. La cuota reducida —lo que todo el mundo llama tarifa plana— está fijada en 80 € al mes durante los 12 primeros meses de actividad, con independencia de lo que ganes.

Ahora la letra pequeña que casi nadie te cuenta: esos 80 € no son lo que se te carga en la cuenta. El MEI se aplica por encima de la cuota reducida, así que en 2026, con el MEI al 0,9%, el recibo real ronda los 88,6 € mensuales. Y como el MEI seguirá subiendo escalonadamente hasta el 1,2% en 2029, esa cifra irá creciendo aunque los 80 € nominales no se muevan.

Requisitos para acceder:

  • No haber estado de alta como autónomo en los 2 años inmediatamente anteriores (3 años si ya disfrutaste antes de esta bonificación).
  • No ser autónomo colaborador (familiar colaborador).
  • No tener deudas pendientes con la Seguridad Social ni con Hacienda.
  • Estar al corriente y haberte dado de alta en plazo.

Prórroga de 12 meses más. Al terminar el primer año puedes solicitar otros 12 meses a 80 € si declaras que tus rendimientos netos anuales van a ser inferiores al SMI. Con el SMI de 2026 fijado en 1.221 € mensuales en 14 pagas (17.094 € anuales), ese es tu techo para mantener la ayuda. La prórroga no es automática: hay que solicitarla expresamente por Import@ss antes de que se agote el primer periodo. Es el error más caro y más común que veo: gente que da por hecho que se renueva sola y se despierta en el mes 13 con una cuota de 300 €.

Casos especiales. Autónomos con discapacidad igual o superior al 33%, víctimas de violencia de género o de terrorismo tienen 24 meses a 80 €, ampliables hasta 36 meses adicionales a 160 € si sus rendimientos siguen por debajo del SMI.

Y por encima de todo esto, la cuota cero de tu comunidad autónoma. Varias comunidades complementan la tarifa plana estatal reembolsándote la cuota íntegra: en 2026 mantienen la ayuda Madrid, Andalucía, Aragón y Cantabria, con condiciones y plazos distintos en cada una (Andalucía, por ejemplo, admite solicitudes hasta el 30 de septiembre de 2026 y cubre hasta dos años). Si estás en una de ellas, tu coste real de Seguridad Social el primer año puede ser literalmente cero. Consulta la convocatoria vigente de tu comunidad antes de darte de alta, porque muchas exigen solicitar la ayuda dentro de un plazo desde el alta.

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Las obligaciones fiscales que asumes desde el minuto uno

Aquí es donde el alta deja de ser un trámite y se convierte en una rutina. Estas son las declaraciones que te van a acompañar:

ModeloQué esQuién lo presentaCuándo
303Autoliquidación de IVATodo autónomo en régimen general de IVATrimestral: 1–20 de abril, julio y octubre; 1–30 de enero
130Pago fraccionado de IRPF (20% del rendimiento neto acumulado)Actividades empresariales y profesionales sin retención suficienteMismos plazos que el 303
111Retenciones a trabajadores y profesionalesSi tienes empleados o recibes facturas con retenciónTrimestral
115Retenciones por alquiler de localSi alquilas un local para la actividadTrimestral
349Operaciones intracomunitariasSi compras o vendes en la UE (necesitas ROI)Trimestral o mensual
390Resumen anual de IVASalvo exoneradosEnero
347Operaciones con terceros > 3.005,06 €Informativa anualFebrero
100Declaración de la RentaTodosAbril–junio

Dos claves prácticas. La primera: si eres profesional (sección 2.ª del IAE) y al menos el 70% de tus ingresos llevan retención de IRPF en factura, estás exento de presentar el modelo 130. Es la vía rápida para quitarte una declaración trimestral de encima; asegúrate de marcarlo bien en el 036. Si quieres entender bien cómo funciona ese pago fraccionado, te lo expliqué con detalle en la guía del modelo 130.

La segunda: el IVA que cobras no es tuyo. Lo digo en todos los artículos que escribo sobre esto porque sigue siendo la causa número uno de sustos en enero. Abre una segunda cuenta y ve apartando el IVA de cada factura el mismo día que la cobras.

Sobre facturación electrónica y Verifactu: tranquilidad. El Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, aplazó la obligatoriedad de los sistemas Verifactu al 1 de enero de 2027 para contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y al 1 de julio de 2027 para el resto, autónomos en IRPF incluidos. Tienes margen, pero mi consejo es que empieces ya con un software que sea compatible; migrar de un Excel a un sistema certificado con el plazo encima es exactamente el tipo de estrés evitable que odio.

software facturacion autonomo 2026
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¿Qué software o gestoría necesitas realmente?

Sin humo: no necesitas un ERP para facturar seis veces al mes. Pero sí necesitas salir del Excel, y cuanto antes mejor. Esto es lo que recomiendo según el perfil:

PerfilQué necesitasCoste orientativoMi veredicto
Autónomo que empieza, pocas facturasSoftware de facturación online con OCR de gastosdesde 10–15 €/mes (consulta el precio actual)Imprescindible desde el día uno. Te ahorra 5–8 h al mes
Autónomo con IVA complejo o clientes UESoftware + asesoría de repaso trimestral50–120 €/mes según despachoEl criterio profesional se paga solo con un error evitado
Autónomo con empleados o localGestoría integral (fiscal + laboral)desde 80–150 €/mesNo lo hagas solo. Las nóminas no perdonan
Actividad muy sencilla, solo facturas con retenciónSoftware de facturación + renta con asesor15 €/mes + puntualAutogestión razonable

Mi posición, después de años viendo por dentro cómo funcionan las asesorías: el software y la gestoría no son alternativas, son capas distintas. El software te resuelve lo mecánico —emitir, capturar gastos, cuadrar el trimestre, tener los libros al día—. La gestoría te resuelve el criterio y asume la responsabilidad ante Hacienda. Si contratas una gestoría barata y le sigues llevando una caja de zapatos con tickets, estás pagando por que alguien haga de escáner. Comparé las opciones reales en mi análisis del mejor software de facturación para autónomos.

Y sí, la IA ha cambiado esto de verdad, no como promesa. Hoy un autónomo puede fotografiar un ticket y que el sistema extraiga base, cuota e IVA y lo clasifique solo; puede pedirle a un asistente que le explique qué es la inversión del sujeto pasivo; puede automatizar el seguimiento de facturas impagadas. Lo que no debe hacer es fiarse de una cifra que le escupe un chatbot sin verificarla, ni pegar datos de clientes en un chat público. Escribí una guía completa sobre cómo usar la IA siendo autónomo con casos concretos y sus límites.

Los cinco errores que más caros salen al darse de alta

  1. Empezar a facturar antes del alta. Pierdes bonificaciones y te expones a sanción. Nunca compensa.
  2. No solicitar la prórroga de la tarifa plana. No es automática. Ponte una alarma en el mes 10.
  3. Confundir facturación con rendimiento neto al elegir tramo, y acabar pagando 200 € de más cada mes durante un año hasta la regularización.
  4. Marcar obligaciones que no te corresponden en el 036 (típicamente el 130 sin necesitarlo, o darse de alta en el ROI "por si acaso" cuando no vendes a la UE).
  5. No comprobar la ayuda de cuota cero de tu comunidad antes del alta, o solicitarla fuera del plazo que exige la convocatoria.

Cuánto cuesta realmente ser autónomo el primer año

Pongamos números sobre la mesa para un caso realista: consultor freelance en Andalucía, sección 2.ª del IAE, factura unos 2.500 €/mes.

  • Seguridad Social: 88,6 €/mes con tarifa plana los 12 primeros meses (unos 1.063 € al año), o 0 € si accede a la cuota cero andaluza.
  • Software de facturación: unos 15 €/mes, 180 € al año.
  • Asesoría trimestral de repaso: entre 50 y 90 €/mes según despacho.
  • IRPF: sus clientes le retienen el 7% durante el año de alta y los dos siguientes, así que no adelanta más.
  • IVA: neutro; recauda y liquida.

Total realista de estructura el primer año: entre 1.200 y 2.500 €, según si contrata gestoría y si su comunidad le cubre la cuota. Eso es lo que cuesta la puerta de entrada. A partir del mes 13, cuando la cuota real pasa a ser la del tramo que le corresponda —en ese ejemplo, unos 427 €/mes—, es cuando el negocio tiene que estar ya de pie. Planifícalo desde el día uno, no desde el mes 12.

Preguntas frecuentes sobre el alta de autónomo

¿Cuánto se tarda en darse de alta como autónomo?

El alta en el RETA por Import@ss se completa en unos 15–20 minutos si tienes certificado digital y el NUSS. El modelo 036 lleva algo más, sobre todo si dudas con el epígrafe o el régimen de IVA. En una mañana puedes tener los dos trámites hechos. Si no tienes certificado digital ni Cl@ve, súmale el tiempo de obtenerlo, que es lo que suele retrasar el proceso.

¿Cuánto cuesta darse de alta como autónomo en 2026?

El alta en sí es gratuita: ni Hacienda ni la Seguridad Social cobran por tramitarla. El coste real es la primera cuota mensual, que con tarifa plana ronda los 88,6 € (80 € de cuota reducida más el MEI del 0,9%) y sin ella arranca en 205,88 € para el tramo más bajo. Si tu comunidad autónoma tiene cuota cero, ese coste puede quedar en 0 €.

¿Puedo darme de alta como autónomo si trabajo por cuenta ajena?

Sí, se llama pluriactividad y es perfectamente legal salvo pacto de exclusividad con tu empresa. Cotizarás en los dos regímenes. Puedes elegir entre la tarifa plana o las bonificaciones específicas de pluriactividad (reducciones escalonadas sobre la base mínima), y además tienes derecho a solicitar la devolución del exceso de cotización por contingencias comunes si superas el límite anual conjunto. Haz números antes de elegir, porque no siempre gana la tarifa plana.

¿Es obligatorio darse de alta como autónomo si facturo poco?

Ante Hacienda, sí: cualquier actividad económica exige alta censal con el modelo 036 y emisión de factura, factures 100 € o 100.000 €. Ante la Seguridad Social, la ley exige el alta en el RETA cuando la actividad es habitual, personal y directa. La jurisprudencia ha admitido en algunos casos que ingresos por debajo del SMI anual no implican habitualidad, pero es un terreno gris, valorado caso a caso, y la Inspección no siempre lo comparte. Si vas a facturar de forma recurrente, date de alta.

¿Qué pasa si me equivoco al elegir el tramo de cotización?

No pasa nada grave. Puedes cambiar de base hasta seis veces al año (con efectos a 1 de marzo, mayo, julio, septiembre, noviembre y enero). Y al cerrar el ejercicio, la Seguridad Social regulariza automáticamente comparando lo cotizado con los rendimientos reales de tu declaración de la renta: si pagaste de menos, te reclama la diferencia; si pagaste de más, te la devuelve de oficio.

¿Necesito gestoría para darme de alta como autónomo?

Para el alta en sí, no: los dos trámites se hacen online y gratis, y muchas gestorías los ofrecen sin coste como gancho para contratar su servicio mensual. Donde sí aporta valor un profesional es en las decisiones: qué epígrafe, qué régimen de IVA, qué obligaciones marcar, qué tramo elegir y qué ayudas autonómicas solicitar. Esa media hora de asesoramiento previo se amortiza sola.

Fuentes

  • Seguridad Social — Nuevo sistema de cotización para autónomos por rendimientos netos: seg-social.es (tablas de tramos, bases mínimas y máximas 2026, y calculadora de cuota).
  • Import@ss — Alta en el trabajo autónomo (RETA): portal.seg-social.gob.es (trámite de alta, elección de base y mutua, solicitud de cuota reducida y su prórroga).
  • Agencia Tributaria — Modelo 036, declaración censal: sede.agenciatributaria.gob.es (plazo de presentación antes del inicio de la actividad).
  • Agencia Tributaria — Orden ministerial de modificación de las declaraciones censales: sede.agenciatributaria.gob.es (Orden HAC/1526/2024, de 11 de diciembre: supresión del modelo 037 desde el 3 de febrero de 2025).
  • Real Decreto-ley 3/2026 (bases y tipos de cotización del RETA para 2026, con continuidad respecto a 2025 y MEI del 0,9%).
  • Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre (BOE de 3 de diciembre de 2025), que modifica el Real Decreto 1007/2023 y aplaza la obligatoriedad de Verifactu al 1 de enero de 2027 y al 1 de julio de 2027 según el tipo de contribuyente.
  • Ley 20/2007 del Estatuto del trabajo autónomo, artículo 38 ter (cuota reducida de 80 € y condiciones de prórroga).
  • Real Decreto por el que se fija el Salario Mínimo Interprofesional para 2026 (1.221 €/mes en 14 pagas, 17.094 € anuales), referencia para la prórroga de la tarifa plana.

Las cuantías cambian con cada norma anual. Antes de darte de alta, verifica tu cuota concreta en la calculadora oficial de Import@ss y la convocatoria vigente de cuota cero de tu comunidad autónoma: son dos minutos y te pueden ahorrar cientos de euros.


Darse de alta como autónomo no es difícil, es irreversible en sus consecuencias si lo haces con prisa. Dos trámites, una mañana, cero euros de coste. Pero las decisiones que tomas ese día —epígrafe, régimen de IVA, tramo de cotización, obligaciones marcadas— te acompañan durante años. Dedícale el tiempo que merece, apóyate en un profesional para las dudas, y monta desde el primer día un sistema de facturación decente. El autónomo que sufre no es el que factura poco: es el que llega a enero sin los libros al día.

Guillermo del Pino
Escrito por

Guillermo del Pino

Director de Marketing e Innovación en Clínicas Cleardent. Escribo sobre inteligencia artificial aplicada a negocio real, con foco en asesorías, fiscalidad y el sector dental. Sin humo: herramientas, datos y criterio.